El desequilibrio patrimonial constituye un reto significativo para las sociedades mercantiles, con profundas implicaciones legales tanto para la entidad como para sus administradores.
De acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital, el desequilibrio patrimonial se presenta como una causa de disolución cuando las pérdidas de un ejercicio reducen el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social, a menos que se opte por la declaración de concurso. Es esencial diferenciar entre desequilibrio patrimonial e insolvencia, siendo esta última la incapacidad de cumplir con las obligaciones de manera puntual. Por ejemplo, si los salarios se pagan con retraso, es un claro signo de insolvencia.
Cuando se declara la causa de disolución por desequilibrio patrimonial, los administradores están en el centro de la atención. Tienen la obligación de convocar una junta general en un plazo de dos meses para abordar el problema, ya sea mediante la reestructuración del patrimonio, la disolución de la sociedad o la solicitud de concurso de acreedores. La inacción o demora en estos deberes puede resultar en responsabilidades solidarias personales sobre las deudas generadas desde el momento de la causa de disolución.
Existen varias estrategias para rectificar el desequilibrio patrimonial, entre ellas:
Hay que destacar la importancia de la gestión proactiva del patrimonio en las sociedades mercantiles y el papel crucial de los administradores en la prevención de situaciones de desequilibrio. El cumplimiento riguroso de los deberes legales no solo asegura la sostenibilidad de la empresa, sino que también protege a los administradores de responsabilidades personales indeseadas.
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