Cualquier empresa, sea la que sea su forma jurídica, o persona física con actividades económicas, independientemente del sector económico puede destinar capital a iniciativas artísticas como producciones cinematográficas, series o espectáculos de música, por ejemplo, puede disfrutar de una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades o el IRPF del 120% respecto a la cantidad inicialmente aportada.
Desde luego, en el mercado no hay muchos productos financieros que ofrezcan una rentabilidad del 20% con riesgo 0.
En el artículo 36 del Impuesto de Sociedades se establecen fuertes deducciones fiscales en la financiación de producciones españolas, tanto audiovisuales como en vivo, para inversores vinculados al sector cultural.
En este caso, la deducción máxima aplicada se fija en el 120% de la cantidad aportada, sin límite si se trata de obras cinematográficas o series, o con un límite de 500.000 euros si se trata de espectáculos en vivo.
Pero, desde el 1 de enero de 2021, el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades permite que cualquier organización o autónomo pueda aplicarse estas mismas deducciones en las mismos términos y condiciones.
El paso fundamental es formalizar un contrato de financiación conforme a lo establecido en el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto de Sociedades. En dicho contrato se indica:
El segundo paso es redactar un informe legal y económico sobre el proyecto cultural
El tercer paso sería obtener un Certificado del Ministerio de Cultura que es imprescindible para obtener un rendimiento del 20%.
Por último, es necesario realizar la comunicación a la AEAT y aplicarse la deducción en el Modelo 200 del ISS.
Una empresa prevé que va a cerrar el ejercicio anual con una base imponible positiva muy elevada en el Impuesto sobre Sociedades. Esta compañía podría realizar realiza una aportación de 100.000€ a un proyecto cultural como podría ser un festival de música, con lo que podría aplicarse una deducción de 120.000€ en la presentación del modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades) del ejercicio. Por tanto, en virtud de la aplicación del artículo 39.7 del propio Impuesto, la organización obtiene un ahorro fiscal del 20%.
¿Quiere obtener más información sobre cómo funciona esta deducción y cuál es el proceso para poder beneficiarse de ella? El equipo de fiscalistas de Lex & Tax está a su entera disposición.
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