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Ley Mbappé, la nueva rebaja fiscal de Madrid

El proyecto que el Ejecutivo de Madrid planea presentar a la Asamblea antes de fin de año podría eximir a los grandes contribuyentes del pago total del tramo autonómico del IRPF.
El proyecto que el Ejecutivo de Madrid planea presentar a la Asamblea antes de fin de año podría eximir a los grandes contribuyentes del pago total del tramo autonómico del IRPF.

Las comunidades autónomas tienen la facultad de gestionar la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto permite que cada una ajuste la normativa según su programa político o ideología. Tal es el caso de la Comunidad de Madrid.

Actualmente, la región presidida por Isabel Díaz Ayuso está enfocada en la revisión de la normativa autonómica del IRPF, que propone grandes descuentos para las inversiones realizadas por el contribuyente. Este ajuste se ha apodado como 'Ley Mbappé', en referencia a un cambio que favorecería a las grandes fortunas, como podría ser el futuro jugador del Real Madrid si los rumores se confirman.

Qué es la 'Ley Mbappé'

Ahora mismo, 'Ley Mbappé' es el término coloquial para referirse a un anteproyecto de ley presentado por la Comunidad de Madrid. Este contempla reducciones de hasta el 20% en la cuota íntegra autonómica para las inversiones realizadas por extranjeros que se trasladen a la región.

Según el anteproyecto, el cual requiere aprobación por parte de la Asamblea de Madrid, se establece que "en un entorno de competencia internacional intensa, es crucial mantener una posición destacada en la atracción de estos flujos de capital y crear estímulos para continuar canalizando inversiones que tengan un impacto positivo en la Comunidad de Madrid".

Por este motivo, se proponen deducciones del "20% del costo de adquisición, cubriendo los gastos y tributos asociados a la compra, a excepción de los intereses pagados por el comprador". Esta medida incluye los siguientes ámbitos:

  • Instrumentos que representan la cesión de capitales propios a terceros, ya sea negociados o no, en mercados organizados.
  • Instrumentos que representan la participación en fondos propios de entidades de cualquier naturaleza, ya sea negociados o no, en mercados organizados.

Requisitos para beneficiarse de la 'Ley Mbappé'

  • La inversión no podrá dirigirse a entidades constituidas ni domiciliadas en jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales.
  • El contribuyente, junto con su cónyuge o cualquier pariente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, no puede tener una participación directa o indirecta que supere el 40% del capital o derechos de voto de ninguna entidad. Además, no puede desempeñar funciones ejecutivas o de dirección, ni tener vínculos laborales con dicha organización.
  • La inversión debe realizarse en una entidad ubicada en la Comunidad de Madrid y mantenerse durante un periodo mínimo de seis años.
  • El contribuyente no debe haber residido en España durante los cinco años anteriores a su traslado de residencia a la Comunidad de Madrid.

No se encuentran restricciones a las inversiones en el texto del anteproyecto, lo cual favorece a aquellos que realicen inversiones significativas. De hecho, es probable que, en tales casos, el nuevo contribuyente madrileño se libre completamente del pago de la cuota íntegra autonómica, que representa el 20,5% de la base liquidable en el caso de la Comunidad.